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6/04/2020

✅ 04 Calculo de TSS e INFOTEP 🥇 [Curso de Nómina, TSS y Prestaciones Laborales]

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Contribución del Empleador

El pago que hace la empresa a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) se compone de dos partes: A) Aportes de los empleados y B) Contribución del Empleador; como la parte A ya ha sido explicada en el tema 2, esta vez explicaremos la parte B.

La contribución del Empleador se componen a su vez de tres partes que son: 1) Seguro Familiar de Salud (SFS), 2) Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y 3) Administradora Riesgos Laborales (ARL). 

Según el siguiente cuadro, muestra el porcentaje y topes para Calcular la TSS.

El Cálculo del SFS Empleador se hace multiplicando el Sueldo Bruto (Salario, Incentivos, Vacaciones) de cada empleado por 7.09%, siempre y cuando este monto sea menor que 134,820.00. De lo contrario se le aplicará dicho porcentaje al Tope (134,820.00). Una vez se tenga el SFS por empleado, éste se suma y el resultante será lo que el empleador pagará por concepto de SFS.

Administradora de Fondos de Pensiones (AFP)

Al igual que en el SFS, se hace multiplicando el Sueldo Bruto (Salario, Incentivos, Vacaciones) de cada empleado por 7.10%, siempre y cuando este monto sea menor que 269,640.00. De lo contrario se le aplicará dicho porcentaje al Tope (269,640.00). Una vez se tenga el AFP por empleado, éste se suma y el resultante será lo que el empleador pagará por concepto de AFP.

Administradora Riesgos Laborales (ARL).

El cálculo para el ARL se hace basada también en el Tope de 53,928.00. Si el Sueldo Bruto de un empleado es Mayor que el tope, se le aplica al tope el 1.30% y de lo contrario se le aplica al Sueldo. Nota: El porcentaje de ARL varia por Empresa de acuerdo a su nivel de riesgo (desde 1.10% hasta 1.50%). Por ejemplo una empresa Industrial no tendrá el mismo porcentaje que una empresa de servicio. Mientras mayor riesgo, mayor porcentaje.

Después de haber determinado el SFS, AFP y ARL; estos se suman con la retención que se le hizo al empleado (Ver tema 2) y el total es el Monto a Pagar a la TSS. La fecha de pago a la TSS serán los primeros 3 días laborables de cada mes.

Instituto Nacional de la Formación Técnico Profesional (INFOTEP).

El cálculo del INFOTEP se hará en base al 1% del Sueldo Bruto de cada Empleado y le corresponde al Empleador pagarlo antes del día 10 de cada mes. Al empleado sólo le toca pagar el 0.5% de lo recibido en la bonificación cada año. (Ley 116).

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